Apertura del Taller Literario de Jóvenes y Adultos de Fundación Cesopol
 
Una vez más en el mes de abril este espacio dedicado a la literatura, la escritura y la imaginación abre sus puertas en la Fundación Cesopol.

El próximo lunes 10 de abril comienzan los encuentros del Taller Literario de Jóvenes y Adultos. Conformado por gente de diferentes edades la cita es una vez a la semana para leer a grandes autores y tal vez a escritores no tan conocidos para que inspiren los trabajos de los alumnos de este taller.

Comenzaron las clases del Apoyo Educativo



 Diplomatura en Responsabilidad Social para el Desarrollo Sustentable
 
Dictada por la Secretaria de la Universidad Nacional Villa María (con puntaje docente en trámite)

Últimos días para anotarse
Comienzan las clases: viernes 7 de abril


La Fundación Cesopol invita a inscribirse para el cursado de la Diplomatura en Responsabilidad Social programa dependiente de la Secretaria de Internalización de la Universidad Nacional Villa María certificado y avalado por el Observatorio de la UNESCO cuyos objetivos son:
- Generar un espacio de formación sobre la responsabilidad social como filosofía de gestión hacia el desarrollo sustentable enmarcado en un proceso de internalización en buenas prácticas.
- Interpretar e incorporar la necesidad de desarrollar un consumo responsable y comprometido en el desarrollo regional. Entre otros.

DESTINATARIOS: Cooperativistas, ONGS, empresarios, profesionales, estudiantes, docentes público en general.

CAPACITADORES:
- Coordinador del Observatorio de la UNESCO DR. Grimaldo Durn
- Profesionales nacionales e internacionales: de UCC_UNC_ UBA_ UNL_ UNVM)
- Profesionales internacionales de Colombia, Perú, Paraguay, España)

Duración: cuatro módulos de 20 horas mensuales. 80 horas en total. Con instancias presenciales - semipresenciales virtual.

Teléfono de contacto: (0351) 153928941
Lugar de inscripción: Fundación Cesopol
Mesa de Entrada de Cesopol: (03572) 455500


 Avances y cerramiento perimetral de la Planta de Bombeo Nº 5 
 
Como todas las secciones de la Cesopol continuamos generando nuevos avances y obras que contribuyan al desarrollo comunitario y de los sectores de Oncativo que así lo demandan.

Por decisión del actual Consejo de Administración, en el 2016 se construyó una quinta planta de bombeo que comenzará a funcionar próximamente. Esta planta abastecerá a toda la zona suroeste de Oncativo y a los nuevos barrios que se están construyendo (Fideicomiso Cesopol 1, Plan Muvi junto a otros emprendimientos privados).

Días atrás recibimos la visita representantes del INAES para ver destino del subsidio que recibió la Cesopol para destinar a la construcción y la continuidad de esta obra.
En lo que va del 2017, como corresponde en esto casos, se realizó el cerramiento perimetral de la Planta de bombeo N°5, en los próximos meses se prevé seguir avanzando en acciones para la puesta en marcha de esta nueva planta.

Agua corriente, mucho más que H2O...


 Asociado de Servicios Sociales
 
Reglamentos y artículos que debe conocer todo usuario del Servicio de Traslado Social y Ambulancia.

Nos dirigimos a Ud. a los efectos de informarle, fehaciente y específicamente, el Marco Legal que establece condiciones de prestación y uso del Servicio de Traslado Social y Ambulancia.
El mismo está comprendido por Ley Provincial N° 6.222, Decreto Reglamentario N° 33/08 y Resolución N° 33/08.

De la Resolución mencionada se desprenden los siguientes artículos, transcriptos textualmente, los cuales hacen a la esencia de regulación al momento de prestar/utilizar el Servicio:

ARTÍCULO 5°: Las entidades habilitadas a la prestación del Servicio de Traslado Social, brindarán el traslado de pacientes mediando derivación rubricada por profesionales Médicos matriculados en la Provincia, quienes evaluarán las condiciones de riesgo del paciente a trasladar, autorizando su realización e indicando la modalidad en que debe ser concretado.

ARTÍCULO 6°: Las órdenes de traslado tendrán un diseño uniforme para todas las entidades y serán provistas por el Ministerio de Salud, siendo obligatorio llevar un archivo de las mismas en cada entidad. El profesional Médico que solicita el traslado, debe firmar el formulario de derivación, acompañar al paciente o dejar constancia que no requiere de atención médica durante el trayecto a cubrir. De no ocurrir estos hechos, las entidades no estarán obligadas al traslado de ninguna persona.

ARTÍCULO 10°: Las entidades deberán llevar registro de los traslados donde conste: fecha, hora, lugar de traslado, motivo del mismo, médico que lo indica, enfermero o paramédico actuante, consentimiento informado del paciente o familiar a cargo, con archivo del original en la Unidad Central y copia para el paciente.

Atento a lo expuesto, comunicamos a los Sres. Asociados del Servicio que no se trasladarán pacientes sin que sean cumplidos, expresamente, todos y cada uno de los requisitos enunciados en la norma regulatoria. Cabe mencionar, además, que la cantidad de personas trasladadas no podrán, bajo ninguna causa, exceder lo establecido en las pólizas de seguros afectadas al Servicio de Traslado Social y Ambulancia.

Desde ya agradecemos a nuestros Asociados el acompañamiento necesario, por su parte, para ajustarnos a las disposiciones legales vigentes y así evitar situaciones riesgosas.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CESOPOL.